Prórroga para el envío de la Contabilidad Electrónica en 2019

05.07.2019

El SAT publicó en su página una prórroga para el envió oportuno de la Contabilidad Electrónica de los meses de mayo y junio de 2019, para quedar de la siguiente manera: 


Respecto a la entrega de la Balanza de Comprobación, ajustada al cierre del ejercicio, las Personas Físicas podrán hacerlo en el mes de julio 2019. 

Comunicado del SAT de la Prórroga de la Contabilidad Electrónica

Derivado de la publicación del Anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 en el Diario Oficial de la Federación del 7 de mayo de 2019, se informa lo siguiente:

Para los efectos de la regla 2.8.1.7., fracción II, incisos a) y b), la información correspondiente al mes de mayo de 2019, podrá presentarse conjuntamente con la información del mes de junio de 2019, es decir, para personas morales a más tardar en los primeros tres días del segundo mes posterior al mes que corresponda la información a enviar y para las personas físicas a más tardar en los primeros cinco días del segundo mes posterior al mes que corresponda la información a enviar.

Por lo que hace a la regla 2.8.1.7., fracción II, inciso e), las personas físicas podrán presentar su balanza de comprobación ajustada al cierre del ejercicio, a más tardar en el mes de julio de 2019.

¿Que cambio en el anexo 24 de la RMF 2019?

El 7 de mayo se publicó el anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal de 2019, donde se modificaron los catálogos de cuentas para el envió de los XML con la información del contribuyente.


Comunicado del SAT de la Prórroga de la Contabilidad Electrónica

Probablemente esto generó problemas con los validadores del SAT y los programas contables de los contribuyentes, por tal motivo el SAT publica en la sección de contabilidad electrónica esta prórroga. 


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